Cédula de Habitabilidad

Al comprar una propiedad, muy a menudo, se menciona la Cédula de Habitabilidad. Aunque no es uno de los documentos requeridos para certificar el contrato de compra-venta frente al Notario, muy a menudo los compradores de los inmuebles lo solicitan y muchos propietarios que venden propiedades en Mallorca ni siquiera saben de qué se trata. Para su información, así es como se ve una Cédula de Habitabilidad de un inmueble en Mallorca:

 

El objetivo y propósito del certificado de habitabilidad emitido por el Consell Insular es documentar que un inmueble (local, casa, piso o una instalación) cumple con los requisitos mínimos y adecuados – como tamaño, equipamiento técnico y sanitarios – para que puedan ser habitados por personas. Para ocupación por primera vez se requiere la Cédula. Si no se dispone de la Cédula de Habitabilidad, no se pueden contratar para la vivienda los servicios o suministros de determinados proveedores tales como agua, electricidad, gas, teléfono. La cédula de habitabilidad tiene un plazo de vigencia de diez años; una vez extinguido el plazo puede solicitarse su renovación.

Para entender mejor – hay tres tipos diferentes de cédulas. La primera se llama „cédula de primera ocupación “. Este certificado se emite cuando un inmueble ha sido terminado o cuando se ha sometido a una renovación completa, ampliación o cambio de uso. Para la obtención de dicho certificado se deben presentar planos y fotos del inmueble (firmados por un arquitecto). Además, referencia catastral, permiso o licencia de obra y el final de obra otorgado por el arquitecto.

El segundo tipo de certificado es la „Cédula de Renovación “. Una vez transcurrido el plazo de diez años, se puede solicitar una renovación del mismo. A la solicitud hay que adjuntar un comprobante de propiedad del inmueble, una foto actual del inmueble – con fecha y firma del arquitecto, un plano de situación o lugar con la referencia catastral y un certificado emitido por un arquitecto donde conste que la vivienda es habitable y que el inmueble no ha sufrido cambios importantes en lo que a su construcción refiere.

Por último, la Cédula por Carencia, la misma puede ser solicitada cuando el inmueble fue construido antes del 1 de Marzo de 1987 y para el cual nunca se ha emitido un certificado de estas características. El trámite para la solicitud de este certificado es sencillo: se debe presentar un documento que certifique que el inmueble fue construido y terminado antes del 1 de Marzo de 1987, que no tiene expedientes de infracciones urbanísticas en el Ayuntamiento correspondiente y que desde el 1 de Marzo de 1987 no se han realizado cambios o modificaciones en la propiedad o estructura.

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